Abogados en Medellín: nuevo régimen para el ejercicio de la capacidad legal de personas con discapacidad mayores de edad

Soy abogado en Medellín Especialista en Gestión de Talento Humano y en este artículo hablaremos de la (LEY 1996 DEL 26 DE AGOSTO 2019,) nuevo régimen para el ejercicio de la capacidad legal de personas con discapacidad mayores de edad.

Consideraciones previas:

La ley 1996 del 26 de agosto de 2019, a través de una propuesta por demás novedosa, creo el concepto jurídico “PRESUNCION DE CAPACIDA”, toda vez, que antes de la promulgación de esta ley, la capacidad legal podía ser reprimida a través del proceso de interdicción, por medio del cual, se inhabilitaba el ejercicio de la capacidad legal de una persona mayor de edad que sufriera algún tipo de discapacidad que le impidiera ejercer actos jurídicos, dicho lo anterior y para terminar esta introducción la 1996, establece “el régimen para el ejercicio de la capacidad lega de personas con discapacidad mayores de edad”.

Algunos conceptos:

Antes de entregar nuestras interpretaciones sobre esta ley se deben esclarecer lo siguiente:
1. Apoyo: este va dirigido al titular del acto jurídico y la persona natural o jurídica que se designe para brindar asistencia necesaria a una persona con discapacidad.
2. Acuerdos de apoyo: deben suscribirse por la persona titular del acto y la o las personas naturales o jurídicas que actúen como apoyos; este acuerdo se puede realizar por escritura publica o ante conciliaciones judiciales en derecho.
3. Directivas anticipadas: buscan establecer la expresión fidedigna de la voluntad y preferencias en decisiones relativas a uno o varios actos jurídicos antes de su ocurrencia, estas podrán versar sobre asuntos de salud, financieros o personales entre otros, sin que esto implique una invalidación de la voluntad, salvo en aquellos casos en que en ella se estipule una clausula de voluntad perenne.
4. Proceso jurisdiccional: la adjudicación de apoyos podrá solicitarse, a través de proceso de jurisdicción voluntaria o verbal sumario, según lo que se requiera en el caso espcifico, a este proceso se denomino como “proceso de adjudicación judicial de apoyo”.

¿Qué dificultades se presenta en su implementación?

Esta nueva ley presenta con un objeto claramente loable, desde los conceptos del “derecho a equivocarse y la presunción de la capacidad legal”, son conceptos que indudablemente cambian dramáticamente la forma como se venían desarrollando actos las personas en situación de discapacidad, sin embargo, a pesar de lo plausible de la interpretación de la nueva legislación, es alarmante la forma como se introdujo la norma para su ejecución, puesto que, estableció plazos para la capacitación de los funcionarios encargados de su implementación, los cuales van desde 12 hasta 38 meses. No obstante, se ordeno la suspensión inmediata de todos los procesos de interdicción que se adelantaban en el país, lo que genera un vacío y sobre todo incertidumbre con los tramites que se estaban adelantando en favor de las personas en situación de discapacidad.

De lo anterior, se generan preguntas como ¿que pasa con los procesos de interdicción que estaban en trámite o pendiente de sentencia? ¿sera que se encuentran muy bien conservados dentro de una caja?, ¿mientras los funcionarios se capacitan, que sucede con los trámites que tienen carácter urgente y que desarrollaban los guardadores de las personas anteriormente nombradas “interdictas”?.

Conclusión

Como ya se ha mencionado el esperito de la ley 1996 del 26 de agosto de 2019, es indiscutiblemente digna de admiración, sin embargo, la forma en la que se introdujo al ordenamiento jurídico colombiano, fue demasiado drástica. sin embargo, se espera que la capacitación de los funcionarios no sea tardía, para que esta finalidad teóricamente tan beneficiosa para las personas en situación de discapacidad, pueda alcanzar toda su magnitud de su finalidad.

Referencias:
• Ley 1196 de 2019.
• Ámbito jurídico N°522- especial de familia.

Escrito por:
Cristian D. Bocanegra Villazon
-Socio en Arroyave & Asociados Consultores S.A.S-

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