Contrato de Maquila

Este tipo de contrato no está regulado expresamente por la legislación colombiana (Es atípico). La participación de las dos partes puede ser nacional o extranjera. Esta figura es utilizada cuando el producto se traslada de un país a otro para elaborar una parte del proceso productivo, dándole unos privilegios aduaneros, que permita importar en condiciones especiales en el país maquilante

Las partes

  • MAQUILADORA: Quien realiza la actividad de procesador o industrial. Es la parte que se obliga al recibir la materia prima a elaborar, trasformar, mezclar, manufacturar, envasar, empacar, armar, ensamblar, reparar o reconstruir y entregar al maquilante el producto terminado
  • MAQUILANTE: Quien suministra bienes materiales para ser trasformado, mezclado, manufacturado, envasados, empacados, armados, ensamblados, reparados o reconstruidos.

Características

  • Consensual
  • Bilateral
  • Oneroso
  • De naturaleza mixta
  • Atípico

Regulación

Este tipo de contrato se regula por contrato de obra, debido a que el maquilador se esta obligando a ejecutar una obra determinada por el maquilante y con el material suministrado por este. Cuando nos referimos al contrato de obra dijimos que si quien la encarga es la parte que suministra los materiales, el contrato debe ser de arrendamiento. Ello significa que la maquila constituye una forma particular de arrendamiento, por lo que, si en un contrato de maquila no se ha regulado alguna situación o se ha hecho de manera insuficiente, se podrá acudir, en subsidio, a las normas que regulan el contrato de obra y si es necesario a las que reglamentan el arrendamiento.

 

OBLIGACIÓN

MAQUILADOR:

  1. Manufactura de productos: La principal responsabilidad del maquilador es producir y fabricar productos según las especificaciones y requerimientos proporcionados por la empresa contratante. Esto podría incluir la fabricación de componentes, el ensamblaje, el acabado y otras operaciones de fabricación.
  2. Cumplimiento de calidad: Los productos fabricados por el maquilador deben cumplir con los estándares de calidad establecidos por la empresa contratante. Esto implica realizar pruebas y controles de calidad durante todo el proceso de producción para garantizar que los productos cumplan con los requisitos de seguridad y rendimiento.
  3. Cumplimiento del plazo: El maquilador es responsable de cumplir con los plazos acordados para la entrega de los productos manufacturados. Para cumplir con las fechas de entrega establecidas, la producción debe llevarse a cabo de manera eficiente y oportuna.

MAQUILANTE:  Su principal responsabilidad es proporcionar al maquilador la materia prima en condiciones adecuadas para su procesamiento o industrialización en el lugar y fecha especificados en el contrato.

Pagar al maquilador por el trabajo realizado, ya sea en efectivo o con una parte del producto terminado.